Autor: Enfermero Fernándo Ceballos
El pasado 12 de abril el Ministerio de Salud de la provincia de Córdoba a través de la resolución Nº 130 impulsada desde la Gerencia de Salud Mental provincial, aprueba el “Reglamento sobre la promoción, protección, prevención, asistencia y rehabilitación de los aspectos psíquicos de los procesos de salud-enfermedad”.
A partir de ese día se resuelve en el interior de la provincia de Córdoba continuar con una lógica psiquiátrico-legal de encierro, psiquiatrización, judicialización y medicalización que viene sustentando desde hace casi un siglo la asistencia de la locura desde que se instauró el Hospital Emilio Vidal Abal de Oliva, allá por 1914.
Esta fuerte connotación psiquiátrica en el contenido, basada casi íntegramente en la internación (95% de los recursos presupuestales) como el recurso más oportuno y potente para la asistencia de la locura; niega otras posibilidades por demás demostradas de alojamiento y tratamiento de la misma.
Esta postura internacionista sustentada por instituciones que practican una lógica manicomial potencian la teoría sobre la incurabilidad de la locura, su peligrosidad y su cronificación sistemática en establecimientos de exclusión que no hacen nada más que garantizar el alejamiento de las personas con sufrimiento mental de la sociedad. En sí la internación no es mala, y en oportunidades es muy necesaria, pero si sólo está como única respuesta posible y accesible se torna abusiva.
No existe una sola línea que cuestione en esta reglamentación la lógica manicomial que atraviesa, no sólo el interior del manicomio, sino todas las instituciones de salud de la provincia (hospital general o centro de salud). Esa lógica sustentada por todo un conjunto de estructuras teóricas, jurídicas e ideológicas que delimitan prácticas represivas y moralistas que se “encarnan” de manera durable bajo las formas de disposiciones permanentes y que están enquistadas en la misma comunidad.
En la actualidad el sector público provincial cordobés cuenta con aproximadamente 1700 cama de hospitales psiquiátricos (Oliva, Santa María, Bell Ville, Neuropsiquiátrico, IPAD), esto hace que la provincia se convierta en la segunda detrás de Buenos Aires, en tener más camas psiquiátricas en el país.
El surgimiento de estas camas tiene que ver con la historia de la salud mental en la provincia, es más que necesario traer esa historia reciente a manera de genealogía, ya que Córdoba junto con Buenos Aires y Santa Fe, fue una de las provincias que más hospitales psiquiátricos tuvo y sigue teniendo.
Desde aquella ley Nº 4953, promulgada en 1906 por Domingo Cabred, la provincia se vio “favorecida”, con uno de los manicomios más grandes de Sudamérica: Asilo Colonia Mixto de Alienados de Oliva (hoy Hospital Emilio Vidal Abal). La idea de Cabred era que todos aquellos enfermos mentales que venían del norte del país no llegaran a los psiquiátricos de la provincia de Buenos Aires. En 1934, 20 años después de su apertura, Oliva tenía 5000 personas internadas.
Esa ley establecía como única posibilidad de tratamiento de la locura: la internación como alejamiento de la persona con sufrimiento subjetivo de la comunidad, basándose en dos consignas bien claras: una atención médica y una de beneficencia. Así, nacen en nuestra provincia las colonias open-doors alejadas de los centros poblados. Toda una corriente alienista que Cabred trajo de Europa.
Mucho tiempo tuvo que pasar para que se empezara a cuestionar este modelo como violador de los derechos humanos y desbastador de subjetividades. Desde el advenimiento de la democracia, los trabajadores de salud mental de todo el país vieron como se comenzó a rebatir el modelo asilar, y a buscar alternativas terapéuticas sociales imprescindibles para la reinserción sociocultural de personas que tenían décadas de enclautramiento a cargo del modelo asilar.
La verdad es que, desde la por entonces Dirección de Salud Mental Provincial, y teniendo como “laboratorio” el mismo Neuropsiquiátrico Provincial, gestó toda una gama de dispositivos desmanicomializadores de reinserción sociocultural y de formación de recursos humanos que tuvieron buena cabida en los demás hospitales psiquiátricos. Esta experiencia que revolucionó los psiquiátricos cordobeses y comenzó a desmitificar el lugar de la locura en la comunidad, no fue tenida en cuenta en esta reglamentación y menos en el capítulo IX, artículo Nº 43.
Hoy poco queda de eso y de quienes lo impulsaron, tanto a nivel provincial como a nivel nacional. Ya no hay una Dirección de Salud Mental Nacional, y la provincial pasó a ser una Gerencia de salud mental que sin presupuesto propio solo gestiona camas psiquiátricas para la internación de enfermos mentales.
Los 90 fueron los años de la inserción definitiva del neoliberalismo también en nuestra provincia, esto hizo que se dispusieran políticas de encierro similares a las que promulgaba Cabred a principios de siglo, y empezaron a tener auge prácticas manicomiales de exclusión que estaban por ser erradicadas; y se cayeron todos aquellas experiencias antimanicomiales que se venían haciendo por que lisa y llanamente fueron sacadas del presupuesto del Ministerio de Salud provincial.
Muchas veces un discurso discurre por canales diacrónicos que solamente lo justifican, pero no se alcanza a plasmar como trasformador de la práctica. Ese discurso ambiguo y seductor engaña y empobrece la discusión, ya que la niega. Y está ahí, sólo para seguir sustentando la realidad, no para cambiarla. Este reglamento tiene mucho de eso: un discurso netamente psiquiátrico, y otro un poco más “progre” que a manera de Frankestein fueron pegando para seguir haciendo más de los mismo.
Sin ser un experto en el tema, y utilizando el sentido común me detendré en algunos puntos. Uno de ellos es el capítulo IX, al artículo Nº 42, inciso b, el cual habla de la conservación de los derechos civiles de los pacientes internados, y pone como salvedad que éstos pueden ser conservados salvo que el equipo tratante o el juez así lo dispongan. Esto es avasallamiento de los derechos de las personas. Los derechos civiles son derechos civiles individuales e intransferibles, eso está estipulado en nuestra constitución nacional como una razón indispensable para todo sujeto de derecho.
En el mismo capítulo IX, en el artículo Nº 43 que habla “Sobre rehabilitación y reinserción social”; no observamos el mismo detenimiento ni tampoco vemos que estas intervenciones de reinserción social sean comprendidas en un presupuesto ministerial, así como tampoco en la política pública provincial, quedando sólo como un arrebato individual de algún “sacrificado” trabajador que piense como debería hacer para incluir un paciente después de su alta del hospital psiquiátrico en el seno de su familia, su barrio y su cultura. No surgen las prácticas de sustitución de lógicas manicomiales como una política pública, sólo aparecen como inquietudes que rompen con la rutina asilar. No hay presupuesto para estas inquietudes.
Otro capítulo de apenas veinticinco palabras es el X, que habla de la “capacitación, docencia e investigación”. La capacitación está pensada como una herramienta que las instituciones se deben hacer cargo, no como una política de salud pública. Este capítulo final y ya a las cansadas, refleja la poca importancia clínica-política que se le asigna a la capacitación como trasformadora de la práctica cotidiana; enmarcándola en los “ilustrados” servicios de capacitación, investigación y docencia en dónde la clínica psiquiátrica y psicofarmacológica son las vedettes de la “formación” de los trabajadores de salud sosteniendo que la locura es una enfermedad que nada tiene que ver con la cultura y que sólo aparece en aquellos desviados incurables que no encajan en la sociedad y que necesitan de una internación.
Sin ser un experto en el tema legal e intentando utilizar el sentido común se puede observar que esta reglamentación lejos de ser pensada como una política pública de transformación del manicomio, lo reivindica ya que está centrada en la psiquiatrización y encierro del diferente bajo batuta de un saber hegemónico que gobierna la internación. La maquinaria impersonal del manicomio no es simplemente un dispositivo más dentro de los dispositivos de salud: representa, simbólica y realmente, el producto de una construcción histórico-social correlativa a la existencia del capitalismo. Por lo tanto, la lógica que lo atraviesa tiene como objetivo la negación del otro como ser libre. Se arrasa la voluntad política de la persona confinándola a una maquinaria paralizante que operará sistemáticamente a través del disciplinamiento de su conducta.
Esa lógica que enmarca a esta reglamentación es la misma que sostiene el manicomio. Esta estructura se forma en la misma comunidad, y es una construcción ideológica que encaja perfectamente con el aparato segregador del capitalismo. Esta impronta actual dominante de la psiquiatría en el campo de la Salud Mental implica una política de silenciamiento y de reescritura de la historia, donde solamente haya “paradigmas psiquiátricos” y “renovaciones psiquiátricas”. Aunque muchas veces son enmascaradas por discursos antipsiquiátricos para suavizar su postura ideológica.
Si desde mediados del siglo pasado la “reforma psiquiátrica” fue el objetivo para las transformaciones en el campo de la Salud Mental hoy asistimos a una vuelta al pasado: una contrarreforma psiquiátrica. Y esta reglamentación es una vuelta a la colocación de la piedra fundamental de Oliva, allá por 1908. Para que verdaderamente haya transformaciones en los sistemas asistenciales de salud mental son imprescindibles innovaciones en la distribución del poder y en la concepción de los sistemas conceptuales, técnicos, jurídicos-legales, ideológicos e institucionales que sustituyan esa lógica de encierro que dominó y domina la asistencia de la locura desde su aparición como enfermedad mental.
*Enfermero Profesional. Ex RISAM. Director “Especialización Superior en Salud Mental” para enfermeros en Santa Fe. Miembro del Equipo de la Dirección de salud mental de Santa Fe. Coordinador de la Concurrencia Interdisciplinaria en la Colonia Psiquiátrica Oliveros, Santa Fe. Miembro Movimiento Nacional de Desmanicomialización y Transformación Institucional.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
1 comentario:
Como victima de esta situacion quiero hacer conocer mi realidad, somos cuatro hermanos, 3 de nosotros, que andamos entre los 50 y 60 años cada uno con su propia vida organizada, derecho inalienable, cargamos sobre nuestras espaldas la enfermedad de la numero 4, Esquizofrenia-Paranoide, en casi 30 años siempre obtuvimos respuesta positiva por parte del servicio de salud mental, pero de 2 años a esta parte sentimos que el estado, la sociedad, nos a soltado la mano, la sacan del estado grave de crisis y en medio de un deliro total le dan el alta, es asi que cada vez mas seguido su vida corre peligro por falta de atencion, que hacer??? nosotros no estamos profesionalmente capacitados para asistir a un enfermo mental, demas esta decir que tampoco disponemos de dinero para contratar servicios privados, es patetico pero los Psiquiatras del hospital publico que corresponde que la asistan le comunicaron a la paciente que "ya no la van a atender mas porque es muy soberbia y caprichosa" .... yo me pregunto puede un profesional decirle a una persona con Esquizofrenia-Paranoide que es soberbia y caprichosa ????? ....
Imaginense el grado de desorientacion que hoy tenemos ante semejante situacion ....
Y luego me hablan de plan de desmanicomializacion .... ¡¡¡¡¡ Por favor ¡¡¡¡ Los locos no son recursos rentables .... por lo tanto los tiran a la CALLE ...
Publicar un comentario